Art. 33

Presentación de la solicitud

En vigor desde 14 jul 2009
Artículo 33 Presentación de la solicitud La Comisión indicará en los documentos que compongan la solicitud la fecha de recepción y el número de expediente atribuido a la misma. Las solicitudes se presentarán a la Comisión en papel o formato electrónico. La fecha de presentación de las solicitudes a la Comisión será la fecha de inscripción de las mismas en el registro de correo de la Comisión. Esta fecha y el término tradicional se darán a conocer a través de los medios adecuados. El solicitante recibirá un acuse de recibo en el que se indicará como mínimo: a) el número de expediente; b) el término tradicional; c) el número de documentos recibidos, y d) la fecha de su recepción.
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