Art. 33 · Presentación de la solicitud

Art. 33

Presentación de la solicitud

En vigor desde 14 jul 2009
Artículo 33 Presentación de la solicitud La Comisión indicará en los documentos que compongan la solicitud la fecha de recepción y el número de expediente atribuido a la misma. Las solicitudes se presentarán a la Comisión en papel o formato electrónico. La fecha de presentación de las solicitudes a la Comisión será la fecha de inscripción de las mismas en el registro de correo de la Comisión. Esta fecha y el término tradicional se darán a conocer a través de los medios adecuados. El solicitante recibirá un acuse de recibo en el que se indicará como mínimo: a) el número de expediente; b) el término tradicional; c) el número de documentos recibidos, y d) la fecha de su recepción.
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