Art. 16

En vigor desde 30 jun 2009
Artículo 16 Cuando el cese de las actividades de la empresa productora de fécula o de la fábrica, la fusión o el cambio de propiedad se produzcan entre el 1 de julio y el 31 de marzo del año siguiente, las medidas a que se refiere el artículo 15 surtirán efecto para la campaña de comercialización en curso durante dicho período. Cuando el cese de las actividades de la empresa productora de fécula o de la fábrica, la fusión o el cambio de propiedad se produzcan entre el 1 de abril y el 30 de junio del mismo año, las medidas a que se refiere el artículo 15 surtirán efecto para la campaña de comercialización siguiente a dicho período.
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