Art. 9

En vigor desde 4 jun 2007
Artículo 9 Las importaciones de productos de los códigos 0210 99 39 , 1602 32 19 y 1602 31 realizadas entre el 31 de mayo y el 30 de junio de 2007 estarán sometidas, con carácter transitorio, a los derechos arancelarios vigentes el 30 de mayo de 2007.
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