Art. 37

En vigor desde 9 nov 2005
Artículo 37 1.   En la fabricación de la mantequilla concentrada a que se refiere el artículo 5, apartado 1, párrafo primero, letra b), con o sin adición de marcadores, y en la fabricación de la grasa láctea a la que se refiere el artículo 5, apartado 2, o en la transformación de mantequilla de intervención en mantequilla concentrada con arreglo al artículo 7, o en la adición de marcadores a la nata, mantequilla de intervención o mantequilla, o en la nueva presentación contemplada en el artículo 9, apartado 2, párrafo segundo, el organismo competente realizará controles in situ sin previo aviso en función del programa de fabricación del establecimiento a que se refiere el artículo 13, apartado 1, letra h), de manera que se efectúe al menos un control de cada una de las ofertas contempladas en el artículo 20 y, en el caso de la grasa láctea destinada a la fabricación de mantequilla concentrada, al menos una vez al mes. A efectos del control de calidad, los Estados miembros podrán, previo acuerdo de la Comisión, establecer, bajo su supervisión, un sistema de autocontrol para determinados establecimientos autorizados. 2.   Los controles incluirán tomas de muestras de los productos obtenidos y examen de las materias grasas butíricas empleadas, mediante tomas de muestras cuando proceda, y se centrarán sobre todo en las condiciones de fabricación, la cantidad y la composición del producto obtenido en función de la mantequilla o de la nata utilizada y en la ausencia de grasa no láctea en los productos obtenidos o, en su caso, en las materias grasas butíricas empleadas. 3.   Estos controles se completarán periódicamente, con una frecuencia que dependerá de las cantidades transformadas, aunque no menos de cada seis meses, mediante un examen minucioso y aleatorio de los registros contemplados en el artículo 13, apartado 1, letras f) y g), y, cuando proceda, de la contabilidad contemplada en el artículo 24, apartado 1, letra b), así como mediante la comprobación del cumplimiento de las condiciones de autorización del establecimiento.
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