Capítulo PARTE PRIMERA
Art. [Apartado] 31
En vigor desde 13 nov 1922
Se acordarán por Real orden:
A) Las denegaciones, cualquiera que sea la causa de ellas.
B) Las desestimaciones fundadas en no haber completado la prueba en los plazos y condiciones prevenidos en los números anteriores.
C) Las desestimaciones debidas a no haber cumplimentado el requerido la gestión aludida en el número 29.
D) Las desestimaciones por desistimiento conforme al número 46.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1922/10/21/(1)#apartado-31