Título TÍTULO Vl

Art. 72

En vigor desde 16 may 1928
La Asociación se gobernará y administrará por una Junta de gobierno nombrada por los propios asociados en Asamblea anual con arreglo a los Estatutos aprobados por la Dirección general de Sanidad que aprobará además todo cambio de dichos Estatutos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdl/1928/04/25/743#art-72

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil