Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional quinta
En vigor desde 27 oct 2009
Para facilitar la tramitación de los correspondientes expedientes, en el plazo de quince días contados desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado elaborará y hará público un pliego tipo de cláusulas administrativas que los ayuntamientos interesados podrán utilizar para la preparación de la documentación necesaria para licitar y contratar las obras o suministros financiados con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. Asimismo, este pliego se hará público a través de la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial.
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Proeli/es/rdl/2009/10/26/13#disposicion-adicional-quinta