Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Aportaciones dinerarias y aportaciones no dinerarias›§ Subsección 2.ª Aportaciones no dinerarias
Art. 65
En vigor desde 1 sept 2010
Si la aportación consistiere en un derecho de crédito, el aportante responderá de la legitimidad de éste y de la solvencia del deudor.
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Proeli/es/rdlg/2010/07/02/1#art-65