Libro LIBRO IV

Art. Disposición transitoria decimocuarta

En vigor desde 23 abr 1996
En lo no previsto en las presentes disposiciones serán de aplicación las transitorias del Código Civil.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdlg/1996/04/12/1#disposicion-transitoria-decimocuarta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil