Libro LIBRO CUARTO›Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 1799
En vigor desde 16 ago 1889
Lo dispuesto en el artículo anterior respecto del juego es aplicable a las apuestas.
Se consideran prohibidas las apuestas que tienen analogía con los juegos prohibidos.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-1799