Libro LIBRO V›Título TÍTULO II›Capítulo Capítulo I›Secc. Sección 6.ª De la decisión del recurso
Art. 905
En vigor desde 1 jun 1997
Las sentencias en que se declare haber o no lugar al recurso de casación se publicarán en la «Colección Legislativa».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1882/09/14/(1)#art-905