Libro LIBRO V›Título TÍTULO II›Capítulo Capítulo I›Secc. Sección 6.ª De la decisión del recurso
Art. 904
En vigor desde 1 jun 1997
Contra la sentencia de casación y la que se dicte en virtud de la misma, no se dará recurso alguno.
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Proeli/es/rd/1882/09/14/(1)#art-904