Capítulo Reglamento para la ejecución de la ley de 15 de Mayo de 1902, que establece un régimen especial para la expropiación forzosa en la zona militar de costas y fronteras.
Art. 3
En vigor desde 13 dic 1902
Las expropiaciones autorizadas por esta ley serán en absoluto, esto es, con inclusión de los derechos de toda clase que afecten directa ó indirectamente al de propiedad, de modo que, hecha la expropiación del inmueble afectado, aquellos derechos no revivirán por ningún concepto, sea cualquiera el uso ó destino que, por el pronto ó en lo sucesivo, se dé al referido inmueble.
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Proeli/es/rd/1902/11/12/(1)#art-3