Art. 2

En vigor desde 2 ene 2022
Se designa a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, como autoridad administrativa y órgano de gestión principal, conforme a lo dispuesto en el artículo IX 1.a) y b) del Convenio CITES y en el artículo 13.1, párrafo a) del Reglamento (CE) n.º 338/97 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996.
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eli/es/rd/2021/11/16/986#art-2

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