Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Créditos destinados a subvencionar la contratación en determinados proyectos de las Corporaciones locales
Art. 5
En vigor desde 25 jun 1997
El Instituto Nacional de Empleo subvencionará los costes salariales y cotizaciones empresariales a la Seguridad Social correspondientes a las contrataciones por las Corporaciones locales de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios, cuando dicha ejecución tenga por objeto los siguientes proyectos:
a) Proyectos de interés general y social a ejecutar por las Corporaciones locales, bien sea por sí mismas o en régimen de adjudicación, cuya finalidad sea garantizar a los trabajadores un complemento de renta a través de la distribución del empleo disponible.
b) Proyectos de interés general generadores de empleo estable a ejecutar por las Corporaciones locales por sí mismos o en régimen de adjudicación.
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Proeli/es/rd/1997/06/20/939#art-5