Art. Disposición final primera

En vigor desde 19 jun 1991
Todas las transmisiones, actos, operaciones y documentos necesarios para la constitución del Ente público estarán exentos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
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eli/es/rd/1991/06/14/905#disposicion-final-primera

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