Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 2.ª Tramitación
Art. 154
En vigor desde 12 oct 2014
Se exceptúan de lo establecido en el artículo anterior los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, a reserva de las limitaciones que por razones de orden público, seguridad y salud pública puedan establecerse (artículo 74.2, párrafo 2º, de la Ley 22/1988, de 28 de julio).
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Proeli/es/rd/2014/10/10/876#art-154