Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 3.ª De la formación y perfeccionamiento en el Centro de Estudios Judiciales
Art. Disposición final
En vigor desde 25 jun 1987
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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Proeli/es/rd/1987/06/19/769#disposicion-final