Art. 2
En vigor desde 26 ago 2026
La crisis cuya gestión se desarrollará a través de la declaración de situación de interés para la Seguridad Nacional es la producida por los efectos derivados de la permanencia temporal indeterminada en la ciudad de Ceuta, mientras se resuelven y se lleven a cabo los trámites y actuaciones pertinentes, de un elevado número de personas migrantes en situación irregular tras la afluencia masiva y simultánea ocurrida el 30 de julio de 2026, que está alterando el normal funcionamiento de las administraciones públicas, superando las capacidades ordinarias de gestión, acogida, asistencia, y seguridad ciudadana en dicha ciudad, y que, por su alto riesgo, requiere la intervención coordinada de recursos de ámbito estatal y local.
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Proeli/es/rd/2026/08/25/681#art-2