Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 26 feb 2026
Los órganos correspondientes de la Sanidad de la Guardia Civil dictarán las instrucciones técnicas precisas de cara a unificar criterios, en cuanto a la utilización de las tablas de duración óptima de los distintos procesos patológicos susceptibles de generar bajas temporales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2026/02/04/67#disposicion-adicional-cuarta