Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 26 feb 2026
En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto, la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil dictará las instrucciones relativas al procedimiento para determinar la relación de causalidad entre el servicio y la enfermedad o lesión que da lugar a la baja médica.
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eli/es/rd/2026/02/04/67#disposicion-adicional-sexta

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