Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 26

En vigor desde 26 feb 2026
Contra los actos y resoluciones que se adopten en el ejercicio de las competencias que este real decreto atribuye a la Sanidad de la Guardia Civil, incluidas las altas médicas emitidas en ejercicio de las competencias de inspección sanitaria previstas en el artículo 103.4 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, que ponen fin a la vía administrativa, el personal de la Guardia Civil podrá interponer recurso potestativo de reposición en los términos establecidos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previo a la vía contencioso-administrativa. Contra los actos y resoluciones que se adopten en el ejercicio de las competencias atribuidas en este reglamento y no agoten la vía administrativa, el personal de la Guardia Civil podrá interponer recurso de alzada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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eli/es/rd/2026/02/04/67#art-26

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