Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 4 jul 2024
Toda referencia hecha a agentes cancerígenos, mutágenos o reprotóxicos en las normas laborales vigentes deberá entenderse hecha a los incluidos en el ámbito de aplicación de este real decreto.
Se modifica por el art. único.13 del Real Decreto 612/2024, de 2 de julio. Ref. BOE-A-2024-13419 Se añade por el art. único.4 del Real Decreto 1154/2020, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-16833
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1997/05/12/665#disposicion-adicional-segunda