Art. 14
En vigor desde 14 feb 2023
1. Bajo la dependencia directa de la persona titular de la Dirección del Gabinete del Presidente del Gobierno existirá la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País, cuyo director tendrá rango de Subsecretario, que se encargará de analizar de forma rigurosa, objetiva y multidisciplinar los retos y oportunidades a los que se enfrentará España en el futuro y de ayudar al país a prepararse para ellos mediante el diseño de políticas públicas innovadoras y el asesoramiento en la toma de decisiones del presidente y sus ministros, así como contribuir al desarrollo de la autonomía estratégica europea.
2. La Oficina de Prospectiva y Estrategia de País contará con una Dirección Adjunta, cuya persona titular tendrá rango de subdirector general, y que facilitará la coordinación de las siguientes unidades, que tendrán rango de subdirección general:
a) Unidad de Análisis de tendencias económicas y medioambientales.
b) Unidad de Análisis de transformaciones políticas y sociales.
Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 97/2023, de 13 de febrero. Ref. BOE-A-2023-3841
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2022/07/29/662#art-14