Capítulo CAPÍTULO I
Art. 6
En vigor desde 3 jun 2007
Las Capitanías Marítimas y los Distritos Marítimos dependen orgánica y funcionalmente del Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de la Marina Mercante.
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Proeli/es/rd/2007/05/18/638#art-6