Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Procedimiento de revisión ante la Sección Antidopaje del Comité Español de Disciplina Deportiva

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 5 feb 2008
Los gastos derivados de la aplicación de este real decreto serán atendidos, cuando éstos le correspondan al Consejo Superior de Deportes, con las dotaciones presupuestarias ordinarias del mismo.
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eli/es/rd/2008/01/25/63#disposicion-adicional-tercera

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