Título TÍTULO IV
Art. 32
En vigor desde 1 nov 2015
La copia de los asientos, que constituirá un mero traslado de los asientos y datos que figuren en el Registro, se expedirá con indicación del número de hojas y de la fecha en que se extienden, y llevará su sello.
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Proeli/es/rd/2015/07/03/594#art-32