Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 9

En vigor desde 2 ene 2027
1. La solicitud de reconocimiento de la condición de entidad del Tercer Sector de Acción Social colaboradora con la Administración General del Estado se presentará de forma electrónica a través del modelo normalizado establecido por la Subdirección General de Promoción del Tercer Sector y del Voluntariado en la sede electrónica asociada del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. 2. En la solicitud deberán constar los datos de identificación de la entidad interesada, incluido el número de identificación fiscal, naturaleza jurídica, ámbito de actuación material y territorial y, en su caso, número de inscripción, cuando proceda, en el registro administrativo competente.
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eli/es/rd/2026/07/15/592#art-9

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