Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 39

En vigor desde 30 jul 2026
La persona titular de la presidencia podrá proponer al Consejo Directivo el nombramiento de un Director General y de otros órganos ejecutivos, a quienes el propio Presidente o el Consejo Directivo podrán encomendar o delegar las funciones ejecutivas que consideren oportunas. La persona titular de la Dirección General podrá asistir con voz pero sin voto a las reuniones del Consejo Directivo, la Comisión Ejecutiva, la Comisión Nacional de Deontología y las restantes Comisiones. En el caso de que se creen otros órganos ejecutivos, se estará a estos efectos a lo que determine el acuerdo de creación o el Consejo Directivo. Asimismo, el Consejo Directivo y el Presidente podrán disponer la organización ejecutiva del Instituto que sea necesaria para el cumplimiento de sus fines.
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eli/es/rd/2026/07/08/563#art-39

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