Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TÍTULO VIISecc. Revistas

Art. 173

Derogado
En vigor desde 1 abr 1984
En las Escuadrillas, sus Capitanes pasarán al menos una revista semanal, prestando especial atención a lo que en cada caso señale el Jefe de la Unidad. Los Jefes de Grupo o Escuadrón pasarán en los suyos las que estimen convenientes, pero a fin de no aumentar su número procurarán hacerlas coincidir con las de sus Escuadrillas.
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-173

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