Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TÍTULO VIISecc. Limpieza general

Art. 169

Derogado
En vigor desde 1 abr 1984
La limpieza de locales y espacios de uso común no asignados a una Escuadrilla o dependencia, se realizará diariamente bajo la dirección de un Suboficial. Si no existiese orgánicamente personal fijo para dicha actividad será efectuada por turno entre el perteneciente a las distintas Unidades o, en su caso, por personal civil contratado.
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-169

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