Libro TRATADO SEGUNDO›Título TÍTULO VII›Secc. Revistas
Art. 173
Derogado186 / 503En vigor desde 1 abr 1984
En las Escuadrillas, sus Capitanes pasarán al menos una revista semanal, prestando especial atención a lo que en cada caso señale el Jefe de la Unidad. Los Jefes de Grupo o Escuadrón pasarán en los suyos las que estimen convenientes, pero a fin de no aumentar su número procurarán hacerlas coincidir con las de sus Escuadrillas.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/02/22/494#art-173