Art. 8

En vigor desde 7 mar 2012
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este real decreto se sancionará de conformidad con lo establecido en el título V de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria y en el capítulo VII de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera .
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eli/es/rd/2012/03/05/455#art-8

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