Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 16

En vigor desde 30 ene 2022
La Dirección General de Carreteras establecerá las instrucciones pertinentes que definan las directrices de los procedimientos para la evaluación de la seguridad de los tramos completos de carretera (ESC), la identificación y la inspección específica de los tramos de concentración de accidentes (TCA) y de los tramos de alto potencial de mejora de la seguridad (TAPM) y la clasificación de los tramos de carreteras según su nivel de seguridad. Se modifica por el art. único.8 del Real Decreto 61/2022, de 25 de enero de 2022. Ref. BOE-A-2022-1425 Véase, en cuanto al plazo para el establecimiento de las directrices, la disposición final tercera del citado Real Decreto.

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eli/es/rd/2011/03/11/345#art-16

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