Capítulo CAPÍTULO III
Art. 13
En vigor desde 13 mar 2011
El auditor principal expondrá en el informe de auditoría los elementos de diseño críticos desde el punto de vista de la seguridad y las deficiencias y omisiones identificadas en la fase de la actuación objeto de la auditoría, detallando la naturaleza del riesgo para la seguridad que pudieran suponer. El contenido de los informes responderá a lo fijado en el anejo II y en las directrices a las que se refiere el artículo 9.
El informe de auditoría de seguridad viaria se incorporará al expediente de la fase de la actuación a que corresponda.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2011/03/11/345#art-13