Libro TRATADO TERCEROTítulo TÍTULO XIIICapítulo DE LAS PRESENTACIONES Y VISITAS

Art. 316

En vigor desde 1 ene 1984
En todos los casos anteriores, y con la debida antelación, los Oficiales generales y particulares y los Suboficiales se despedirán de las mismas autoridades y en la misma forma que se hubiesen presentado.
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eli/es/rd/1983/11/09/2945#art-316

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