Libro TRATADO TERCEROTítulo TÍTULO XIIICapítulo DE LAS PRESENTACIONES Y VISITAS

Art. 319

En vigor desde 1 ene 1984
Cuando alguna de las autoridades militares de los otros Ejércitos, a que hace referencia el artículo anterior, cese por cualquier causa, los mandos correspondientes del Ejército visitarán a la entrante si concurren en ella las mismas circunstancias que se daban en la saliente.
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eli/es/rd/1983/11/09/2945#art-319

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