Libro TRATADO SEGUNDO›Título TÍTULO X›Capítulo DEL SERVICIO VETERINARIO
Art. 261
En vigor desde 1 ene 1984
Realizará el control sanitario, higiénico y de calidad de los víveres en las cocinas, depósitos, cámaras frigoríficas, bares y dependencias similares ubicadas en las Bases, Acuartelamientos o Establecimientos, mediante las adecuadas inspecciones, tomas de muestras y determinaciones analíticas.
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Proeli/es/rd/1983/11/09/2945#art-261