Libro TRATADO SEGUNDO›Título TÍTULO VIII›Capítulo DE LAS GUARDIAS DE ORDEN›Secc. Del Oficial de Cuartel
Art. 161
DerogadoEn vigor desde 1 ene 1984
Durante el relevo de esta guardia, el saliente entregará al entrante la carpeta actualizada de órdenes y le comunicará las instrucciones verbales que haya recibido, así como las novedades ocurridas. Una vez concluido, ambos darán novedades al Capitán o Capitanes de Compañía y al Capitán de Cuartel.
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Proeli/es/rd/1983/11/09/2945#art-161