Libro LIBRO ITítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 16

En vigor desde 25 abr 2002
1. Las Juntas de Gobierno notificarán al Consejo General y, en su caso, a los Consejos Autonómicos , en el plazo máximo de cinco días hábiles, de todas las incorporaciones, altas, bajas, incapacidades, inhabilitaciones y sanciones de sus colegiados, a fin de incorporarlas a su base de datos central. 2. El Consejo General y, en su caso, los Consejos Autonómicos , trasladarán su información sobre incorporaciones, altas, bajas, incapacidades, inhabilitaciones y sanciones de los Colegios Oficiales, para ponerla a disposición de la totalidad de la Organización Colegial de la Odontología y la Estomatología, en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la recepción de la notificación correspondiente. Téngase en cuenta que se declaran no conformes al ordenamiento jurídico y nulos los incisos destacados por la Sentencia del TS de 25 de febrero de 2002. Ref. BOE-A-2002-7901 . Se declaran no conformes al ordenamiento jurídico y nulos los incisos destacados por la Sentencia del TS de 25 de febrero de 2002. Ref. BOE-A-2002-7901 .

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eli/es/rd/1998/12/23/2828#art-16

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