Libro LIBRO I›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 16
En vigor desde 25 abr 2002
1. Las Juntas de Gobierno notificarán al Consejo General y, en su caso, a los Consejos Autonómicos , en el plazo máximo de cinco días hábiles, de todas las incorporaciones, altas, bajas, incapacidades, inhabilitaciones y sanciones de sus colegiados, a fin de incorporarlas a su base de datos central.
2. El Consejo General y, en su caso, los Consejos Autonómicos , trasladarán su información sobre incorporaciones, altas, bajas, incapacidades, inhabilitaciones y sanciones de los Colegios Oficiales, para ponerla a disposición de la totalidad de la Organización Colegial de la Odontología y la Estomatología, en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la recepción de la notificación correspondiente.
Téngase en cuenta que se declaran no conformes al ordenamiento jurídico y nulos los incisos destacados por la Sentencia del TS de 25 de febrero de 2002. Ref. BOE-A-2002-7901 .
Se declaran no conformes al ordenamiento jurídico y nulos los incisos destacados por la Sentencia del TS de 25 de febrero de 2002. Ref. BOE-A-2002-7901 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1998/12/23/2828#art-16