Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª La Dirección de la Gerencia

Art. 14

En vigor desde 22 ene 1999
1. A la Secretaría General le corresponde: a) Administrar el personal y el régimen interior de la GISE. b) Realizar la gestión económico-administrativa y financiera. c) Gestionar la adquisición de bienes muebles con arreglo a la Ley 13/1995. d) Elaborar el anteproyecto de presupuestos. e) Tramitar los expedientes que tengan relación con adquisiciones, enajenaciones y permutas de inmuebles. f) Elaborar las cuentas anuales de la GISE. g) Desarrollar actuaciones y gestiones en materia patrimonial y urbanística referentes a los inmuebles encomendados a la GISE. h) Contribuir con sus informes y actuaciones a la elaboración y realización de los planes de infraestructura de la seguridad del Estado. i) Realizar la identificación física y jurídica actualizada de los bienes inmuebles y gestionar la tasación de los mismos por los organismos especializados. j) Elaborar los pliegos de condiciones para las adquisiciones, enajenaciones y demás operaciones referentes a inmuebles. k) Formular propuestas de actuación de la GISE. l) Elaborar y mantener actualizado el inventario de bienes y derechos de la GISE. 2. Las funciones descritas en los párrafos a), b), c), d), e) y f) corresponderán al Área de Régimen Interior y las aludidas en los párrafos g), h), i), j), k) y l) serán desempeñadas por el Área de Gestión.
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eli/es/rd/1998/12/23/2823#art-14

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