Capítulo IX. De la reforma de Estatutos
Art. Cláusula transitoria tercera
En vigor desde 25 nov 1982
Cláusula transitoria tercera
En el Reglamento de Régimen Interior se especificarán las normas que determinen los títulos universitarios y los equivalentes para concurrir al concurso-oposición. Mientras no se apruebe la norma reglamentaria al respecto al concurso-oposición sólo concurrirán licenciados en Ciencias Económicas y Empresariales y Profesores mercantiles.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 293, de 7 de diciembre de 1982. Ref. BOE-A-1982-32123
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Proeli/es/rd/1982/09/24/2777#clausula-transitoria-tercera