Art. 9
En vigor desde 28 ene 2012
1. Corresponde a la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro, el ejercicio de las siguientes funciones:
a) El diseño de las políticas de promoción de las industrias culturales, así como su desarrollo, o coordinación cuando correspondan a competencias concretas del resto de los centros directivos u organismos públicos del Departamento.
b) El diseño de las políticas de acción y promoción cultural, así como su desarrollo, o coordinación cuando correspondan a competencias concretas del resto de los centros directivos u organismos públicos del Departamento. La colaboración con otras instituciones, entidades y personas públicas o privadas para el desarrollo de programas de acción cultural conjuntos.
c) El impulso de la participación de la sociedad en los procesos de creación, dinamización cultural y obtención de recursos a través de programas de patrocinio, voluntariado y turismo cultural, en coordinación, en este último caso, con los órganos de la Administración General del Estado competentes en materia de promoción turística.
d) El establecimiento y la gestión, en su caso, del régimen de subvenciones y ayudas que no sean competencia específica de otro órgano directivo, de acuerdo con los objetivos determinados en los programas del Ministerio.
e) El impulso y la coordinación de las actividades de mecenazgo relativas al Departamento.
f) La propuesta de las medidas adecuadas para la defensa y protección de la propiedad intelectual y el ejercicio de las funciones que correspondan al Departamento en materia de registro de la propiedad intelectual y las relativas a las entidades de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual.
g) La promoción y difusión nacional e internacional de las letras españolas.
h) La promoción de la lectura mediante campañas de fomento de ésta.
i) La promoción del libro mediante ayudas a la edición y a la participación en ferias y exposiciones nacionales e internacionales.
j) El estudio y propuesta de actuaciones en relación con la industria editorial y del libro en general.
k) La promoción y ayuda a la creación literaria y a la traducción, mediante convocatoria y concesión de becas, premios y cualquier otro tipo de estímulos.
l) La cooperación con la acción cultural de las Comunidades Autónomas, propiciando, de común acuerdo, la comunicación cultural entre ellas, el conocimiento de la pluralidad y riqueza de sus respectivos patrimonios culturales, así como el intercambio de información sobre sus actividades culturales.
m) El seguimiento y la tramitación de los convenios de colaboración del Departamento con las Comunidades Autónomas, así como el seguimiento de los actos y disposiciones de las Comunidades Autónomas.
n) La promoción del conocimiento de la diversidad cultural de las Comunidades Autónomas en el exterior, de acuerdo con ellas.
ñ) La promoción exterior de la lengua y cultura españolas, como instrumento para la internacionalización de las industrias culturales españolas.
o) La promoción de programas de difusión de la lengua y cultura española a través de los sistemas educativos locales, en coordinación con la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades y la Subsecretaría.
2. Dependen de la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro las siguientes unidades con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo, a la que corresponde la ejecución de las funciones atribuidas a la Dirección General en los párrafos a), b), c), d) y e) del apartado 1.
b) La Subdirección General de Propiedad Intelectual, que ejercerá las funciones atribuidas a la Dirección General en el párrafo f) del apartado 1.
c) La Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, que ejercerá las funciones atribuidas a la Dirección General en los párrafos g), h), i), j) y k) del apartado 1.
d) La Subdirección General de Cooperación Cultural con las Comunidades Autónomas, que ejercerá las funciones atribuidas a la Dirección General en los párrafos l), m) y n) del apartado 1.
e) La Subdirección General de Promoción Exterior de la Cultura, que ejercerá las funciones atribuidas a la Dirección General en los párrafos ñ) y o) del apartado 1.
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Proeli/es/rd/2012/01/27/257#art-9