Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 16
En vigor desde 19 nov 1978
La Asamblea General de Colegiados comprende a todos los Colegiados de Número en el pleno uso de sus derechos, y asume la máxima autoridad del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Navales.
Se constituirá por todos los Colegiados que asistan, o que se hagan representar, por escrito dirigido al Secretario General, y visado por el Secretario de la Delegación correspondiente, en su caso.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1978/07/26/2518#art-16