Capítulo CAPITULO I
Art. 1
En vigor desde 19 nov 1978
El Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Navales es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1978/07/26/2518#art-1-1