Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 97
En vigor desde 17 feb 2008
Las empresas de servicios de inversión calcularán los requerimientos de recursos propios por riesgo de posiciones en materias primas e instrumentos financieros sobre ellas a que se refiere el artículo 94.1.a).2.º de acuerdo con los métodos que determine la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
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Proeli/es/rd/2008/02/15/216#art-97