Capítulo CAPÍTULO II
Art. 8
En vigor desde 1 ene 2009
La publicación de los anuncios y avisos legales seguirá el orden alfabético de la denominación de la empresa a que corresponden. Cada anuncio y aviso legal abrirá una página del diario electrónico.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2008/11/28/1979#art-8