Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Consejo de Departamento

Art. 109

En vigor desde 13 mar 2026
El Consejo de Departamento estará integrado por los siguientes miembros: a) El personal docente e investigador doctor y el personal investigador doctor adscrito al Departamento. b) Una persona en representación de cada una de las restantes categorías de personal docente no doctor y de personal investigador no doctor adscrito al departamento. c) Dos personas que representen al profesorado tutor. d) Una persona que represente al personal técnico, de gestión y de administración y servicios que desempeñe funciones en el departamento. e) Un número de representantes del estudiantado equivalente al 25 por ciento de los miembros del Consejo.
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eli/es/rd/2026/03/11/181#art-109

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