Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 38

En vigor desde 25 mar 2022
Como parte de su servicio a la ciudadanía, colaborarán para que desde la Institución se pueda ofrecer una información coherente, veraz y completa de la actividad profesional desempeñada, observando siempre el deber de reserva.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2022/03/04/176#art-38

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil